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Ley ICBPER

Objeto y finalidad de la ley
El objeto de la ley es establecer el marco regulatorio sobre el plástico de un solo uso, otros plásticos no reutilizables y los recipientes o envases descartables de poliestireno expandido (tecnopor) para alimentos y bebidas de consumo humano en el territorio nacional.
 
Resolución de superintendencia N° 150-2019/SUNAT
Que el artículo 12 de la Ley N.° 30884 crea el impuesto al consumo de las bolsas de plástico (ICBPER) que grava la adquisición bajo cualquier título de bolsas de plástico cuya finalidad sea cargar o llevar bienes enajenados por los establecimientos comerciales o de servicios de contribuyentes del impuesto general a las ventas (IGV) que las distribuyan.
 
Que, además, el citado artículo dispone que los establecimientos comerciales y de servicios consignan en el comprobante de pago correspondiente la cantidad de bolsas entregadas y la cuantía total del ICBPER percibido, el cual no forma parte de la base imponible del IGV, y que el ICBPER constituye ingreso del tesoro público y su administración le corresponde a la SUNAT.
 
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